AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1427/2002. CRUCEROS MARÍTIMOS DEL CARIBE, S.A. DE C.V., Y OTRA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1427/2002. CRUCEROS MARÍTIMOS DEL CARIBE, S.A. DE C.V., Y OTRA.

Fecha: 15-Mar-2001

En Efecto Derivado De Todo Lo Anterior Queda De Manifiesto

• Que la cuantificación precisa de la recompensa a que da lugar un salvamento marítimo es una cuestión sumamente difícil de llevar a cabo;

• Que dicha remuneración puede ser determinada a posteriori por una autoridad, o bien, pactada previamente por las partes involucradas, pero que aun en este último caso, la suma puede cambiar a juicio de la autoridad marítima;

• Que el Convenio Internacional sobre Salvamento Marítimo de mil novecientos ochenta y nueve, establece al menos diez criterios que deben tomarse en consideración para llevar a cabo dicha cuantificación;