AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1263/2021. 5 DE OCTUBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA; VOTÓ CON RESERVA DE CRITERIO YASMÍN ESQUIVEL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1263/2021. 5 DE OCTUBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA; VOTÓ CON RESERVA DE CRITERIO YASMÍN ESQUIVEL

Fecha: 31-Mar-2023

Suspensión De Plazos

14. Mediante la circular SECNO/29/2020, se hizo del conocimiento de los órganos jurisdiccionales y del público en general el punto de acuerdo aprobado, relativo a la "Propuesta de medidas en relación con contagios de la enfermedad Covid-19 en los órganos jurisdiccionales del Primer Circuito, con residencia en la Ciudad de México".

15. En esencia, se estableció que del cinco de diciembre de dos mil veinte al once de enero de dos mil veintiuno, se regresa al esquema de contingencia previsto en el artículo 1, fracciones I, II, III y IV, del "Acuerdo General 13/2020 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, relativo al esquema de trabajo y medidas de contingencia en los órganos jurisdiccionales por el fenómeno de salud pública derivado del virus Covid-19", por lo que durante ese periodo, entre otras cuestiones, quedaron suspendidos los plazos y términos procesales, con la única salvedad de que podrán resolverse aquellos expedientes que estén en estado de emitir sentencia.

16. En las circulares SECNO/1/2021, SECNO/4/2021, SECNO/6/2021, SECNO/8/2021 y SECNO/9/2021, se amplió la suspensión de plazos y términos procesales establecida en la diversa circular SECNO/29/2020, con las salvedades que ahí se señalaron, durante el periodo comprendido del doce de enero al quince de febrero de dos mil veintiuno.