AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1263/2021. 5 DE OCTUBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA; VOTÓ CON RESERVA DE CRITERIO YASMÍN ESQUIVEL
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 1263/2021. 5 DE OCTUBRE DE 2022. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ALBERTO PÉREZ DAYÁN, LUIS MARÍA AGUILAR MORALES, LORETTA ORTIZ AHLF, JAVIER LAYNEZ POTISEK Y YASMÍN ESQUIVEL MOSSA; VOTÓ CON RESERVA DE CRITERIO YASMÍN ESQUIVEL

Fecha: 31-Mar-2023

Vi Estudio De Fondo

42. Como se adelantó en el apartado de esta ejecutoria donde se verificó si la naturaleza –legalidad o constitucionalidad– de las cuestiones argumentadas por la quejosa y recurrente, los razonamientos enderezados en contra de los lineamientos son: I) que contravienen el principio de división de poderes y el principio de legalidad, tanto es su vertiente genérica como en su vertiente de subordinación jerárquica, y que II) el INAI no es un órgano regulador, por lo que no cuenta con disposiciones administrativas de carácter general vinculadas con la función regulatoria.