AMPARO DIRECTO 336/2006. COMERCIALIZADORA INDUSTRIAL GV, S.A. DE C.V.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 336/2006. COMERCIALIZADORA INDUSTRIAL GV, S.A. DE C.V.

Fecha: 21-Oct-2004

Considerando

SÉPTIMO. Son inoperantes por una parte, infundados en otra y fundados en un solo aspecto, los conceptos de violación blandidos.

En inicio conviene precisar que la disconforme controvirtió en el juicio fiscal de origen la determinación de veintiocho de febrero de dos mil cinco, contenida en el oficio 325-SAT-21-I-III-210, emitida por la administradora local jurídica de Puebla Sur, dentro del expediente RR-115/2005, que resolvió el recurso de revocación enderezado en contra de la resolución determinante del crédito fiscal -multa- contenida en el oficio 324-SAT-21-I-A3-C-12626, de dieciséis de noviembre de dos mil cuatro (fojas 34 a 40, 49 y 50 del juicio fiscal).

El fincamiento de tal crédito fiscal obedeció a que al llevarse a cabo el acta parcial de inicio derivada de la orden de visita domiciliaria número IAD2100015/04, contenida en el oficio 324-SAT-21-I-2319, la contribuyente, hoy quejosa, no presentó al personal autorizado los libros y registros que formaban parte de su contabilidad, así como tampoco lo había hecho al momento de determinarse dicho crédito, de ahí que se le impusiera una multa en términos de los arábigos 85, fracción I y 86, fracción I, del Código Fiscal de la Federación, por la suma de $9,661.00 (nueve mil seiscientos sesenta y un pesos, cero centavos, moneda nacional).

La Sala responsable desestimó los conceptos de anulación planteados, reconociendo la validez de la resolución en comento que resolvió el recurso de revocación, confirmando el aludido crédito.