PRINCIPIO PRO PERSONA COMO CRITERIO DE INTERPRETACIÓN DE DERECHOS HUMANOS. TEST DE ARGUMENTACIÓN MÍNIMA EXIGIDA POR EL JUEZ O TRIBUNAL DE AMPARO PARA LA EFICACIA DE LOS CONCEPTOS DE VIOLACIÓN O AGRAVIOS.
Fecha: 09-Oct-2015
A De Los Principios Generales
"I. El proceso penal tendrá por objeto el esclarecimiento de los hechos, proteger al inocente, procurar que el culpable no quede impune y que los daños causados por el delito se reparen;
"II. Toda audiencia se desarrollará en presencia del Juez, sin que pueda delegar en ninguna persona el desahogo y la valoración de las pruebas, la cual deberá realizarse de manera libre y lógica;
"III. Para los efectos de la sentencia sólo se considerarán como prueba aquellas que hayan sido desahogadas en la audiencia de juicio. La ley establecerá las excepciones y los requisitos para admitir en juicio la prueba anticipada, que por su naturaleza requiera desahogo previo;
"IV. El juicio se celebrará ante un Juez que no haya conocido del caso previamente. La presentación de los argumentos y los elementos probatorios se desarrollará de manera pública, contradictoria y oral;
"V. La carga de la prueba para demostrar la culpabilidad corresponde a la parte acusadora, conforme lo establezca el tipo penal. Las partes tendrán igualdad procesal para sostener la acusación o la defensa, respectivamente;
"VI. Ningún juzgador podrá tratar asuntos que estén sujetos a proceso con cualquiera de las partes sin que esté presente la otra, respetando en todo momento el principio de contradicción, salvo las excepciones que establece esta Constitución.
"VII. Una vez iniciado el proceso penal, siempre y cuando no exista oposición del inculpado, se podrá decretar su terminación anticipada en los supuestos y bajo las modalidades que determine la ley. Si el imputado reconoce ante la autoridad judicial, voluntariamente y con conocimiento de las consecuencias, su participación en el delito y existen medios de convicción suficientes para corroborar la imputación, el Juez citará a audiencia de sentencia. La ley establecerá los beneficios que se podrán otorgar al inculpado cuando acepte su responsabilidad;
- Considerando
- A De Los Principios Generales
- Ix Cualquier Prueba Obtenida Con Violación De Derechos Fundamentales Será Nula Y
- B Señalar Cuál Es El Derecho Humano O Fundamental Cuya Maximización Se Pretende
- D Precisar Los Motivos Para Preferirlos En Lugar De Otras Normas O Interpretaciones Posibles
- El Intuicionismo
- Contra El Intuicionismo Se Han Dirigido Numerosos Argumentos
- Inmediación Y Control Racional
- Esta Vertiente Se Refiere A La Presunción De Inocencia Entendida Como Regla Probatoria
- Una Vez Puntualizado Lo Anterior Se Continúa Con El Estudio De Los Motivos De Disenso
- Máximas De La Experiencia Del Juez
- Deber De Protección De Los Padres Hacia Los Hijos
- Prueba Pericial
- Síndrome De Kempe
- Cuando El Niño Que Sufre Maltrato Es Lactante O Preescolar Resulta Incapaz De Escapar O Defenderse
- Características De Las Lesiones Físicas En El Síndrome De Kempe
- Indicadores De Maltrato
- Indicadores De Maltrato Físico
- Prueba Presuncional
- Acreditación Del Dolo Mediante La Prueba Presuncional
- Lesión Mortal
- Ausencia De Testigos
- Se Invoca Como Apoyo El Siguiente Criterio
- Igualmente La Tesis De Jurisprudencia Aj De Rubro Y Texto Siguientes
- Lo Anterior Partiendo De Las Siguientes Premisas De Razonamiento
- En El Marco Legal Se Perciben Normas Oficiales Mexicanas Sobre La Materia
- Tiene Aplicación En El Particular El Siguiente Criterio
- Por Tanto Es Infundado El Concepto De Violación En Estudio
- Deviene Aplicable Al Caso Por Las Razones Que La Informan La Siguiente Tesis De Jurisprudencia
- Stc Fj Pie De Página Del Texto Citado
- G E Moore Ibid P Pie De Página Del Texto Citado
- Cfr G C Kerner The Revolution In Ethical Theory P Pie De Página Del Texto Citado
- Dolo Eventual
- Secretaría De Salud
- Al Margen Un Sello Con El Escudo Nacional Que Dice Estados Unidos Mexicanossecretaría De Salud
- Criterios Para La Prevención Y Atención
- Introducción
- Objetivo
- Campo De Aplicación
- Nomssa De Los Servicios De Planificación Familiar
- Nomssa Para La Vigilancia Epidemiológica
- Nomssa Para La Atención De La Salud Del Niño
- Para Los Fines De Esta Norma Se Entenderá Por
- Debidos A Violencia Familiar Sexual Y Contra Las Mujeres
- Perspectiva De Género A La Definida Por La Ley Aplicable
- B Que Tenga Lugar En La Comunidad Y Sea Perpetrada Por Cualquier Persona
- Maltrato Físico Al Acto De Agresión Que Causa Daño Físico
- Generalidades
- Criterios Específicos
- En Materia De Educación Para La Salud
- Para La Detección De Probables Casos Y Diagnóstico
- Para El Tratamiento Y La Rehabilitación
- Los Objetivos De La Atención A Personas Violadas Son
- Para Dar Aviso Al Ministerio Público
- Para La Consejería Y El Seguimiento
- Para La Sensibilización Capacitación Y Actualización
- El Análisis De Factores Asociados A La Violencia Familiar Sexual Y Contra Las Mujeres
- Evaluación De Niveles De Riesgo Y Elaboración De Plan De Seguridad
- Procedimientos Para El Registro De Casos Y Aviso Al Ministerio Público
- Para La Investigación
- Registro De Información
- Concordancia Con Normas Internacionales Y Mexicanas
- Bibliografía
- Observancia De La Norma
- Vigencia
- Sufragio Efectivo No Reelección
- Apéndice Informativo