ACCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. SU OBJETO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. SU OBJETO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

Fecha: 06-Nov-2015

De La Audiencia

"Artículo 122. La audiencia tendrá por objeto desahogar en los términos de esta ley las pruebas ofrecidas y oír los alegatos correspondientes, quedando prohibida la práctica de dictarlos. La falta de asistencia de las partes, no impedirá la celebración de la audiencia.

"Artículo 123. Presentes los Magistrados de la Sala, ésta se constituirá en audiencia pública el día y hora señalados al efecto. A continuación el secretario llamará a las partes, peritos, testigos y demás personas que por disposición de la ley deban intervenir en la audiencia, y el presidente de la Sala determinará quiénes deberán permanecer en el recinto y quiénes en lugar separado para llamarlos en su oportunidad.