ACCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. SU OBJETO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Suprema Corte de Justicia de la Nación

ACCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. SU OBJETO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).

Fecha: 06-Nov-2015

Ii Contra Actos Que No Provengan De Tribunales Judiciales Administrativos O Del Trabajo

"‘En estos casos, cuando el acto reclamado emane de un procedimiento seguido en forma de juicio, el amparo sólo podrá promoverse contra la resolución definitiva por violaciones cometidas en la misma resolución o durante el procedimiento, si por virtud de estas últimas hubiere quedado sin defensa el quejoso o privado de los derechos que la ley de la materia le conceda, a no ser que el amparo sea promovido por persona extraña a la controversia; ...’

"La interpretación a contrario sensu que se hace de las normas transcritas, permite concluir dos cuestiones, cuya existencia hace posible la actualización de las hipótesis de improcedencia del juicio de amparo, mismas que pueden describirse de la siguiente forma:

"a) Los actos intraprocesales a los que se refieren dichas normas, son aquellos que se dictan dentro de un procedimiento seguido en forma de juicio, cuyo efecto puede ser subsanado al dictarse una resolución definitiva favorable; y,

"b) Por regla general, los actos dentro de juicio o intraprocesales que ocasionen agravio a los gobernados, deben reclamarse en la vía del amparo directo como violaciones al procedimiento.

"De este modo, la causal de improcedencia prevista en relación con el artículo 114, fracción II, de la Ley de Amparo, obedece a que el hecho de decidir sobre la legalidad o ilegalidad de dichos actos intraprocesales sería inútil, al ser reparables los perjuicios jurídicos mediante una resolución definitiva favorable al agraviado.

"Esta regla, como la mayoría de las reglas, tiene excepciones, es decir, que en ciertos casos las violaciones formales o intraprocesales pueden ser controvertidas a través del juicio de amparo indirecto.

"Sobre tales excepciones, la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha sostenido que, tratándose de violaciones formales, adjetivas o procesales, el juicio de amparo indirecto procede excepcionalmente cuando afecten a las partes en grado predominante o superior, lo que debe determinarse objetivamente considerando la institución procesal de que se trate, la extrema gravedad de los efectos de la violación y su trascendencia específica, así como los alcances vinculatorios de la sentencia que llegara a conceder el amparo.

"Este criterio se encuentra inmerso en la jurisprudencia 1a./J. 29/2003, consultable en la página 11 del Tomo XVII, junio de 2003, Novena Época del Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, cuyos rubro y texto son los siguientes:

"‘AMPARO INDIRECTO. REGLAS PARA SU PROCEDENCIA, RESPECTO DE ACTOS DICTADOS DENTRO DEL JUICIO, DESPUÉS DE CONCLUIDO Y EN EJECUCIÓN DE SENTENCIA.’ (se transcribe)

"Bajo ese orden de ideas, se considera que el acto reclamado, consistente en el acuerdo de dieciséis de mayo de dos mil doce, dictado en el juicio de nulidad número **********, a través del cual se admite a trámite la demanda de nulidad (acción pública contenida en el artículo 106 de la Ley de Desarrollo Urbano del Distrito Federal), no genera consecuencias de imposible reparación, toda vez que sólo tiene como efecto dar trámite al juicio de mérito e iniciar el procedimiento correspondiente, a efecto de dilucidar la litis ahí planteada, y no lesiona de una manera real y efectiva los derechos y la persona del quejoso, ni mucho menos lo deja sin defensa, en razón de que al contestar los conceptos de impugnación que se planteen en dicho juicio puede ser oído en defensa de sus intereses, aunado a que tampoco puede considerarse una afectación en grado predominante o superior, en virtud de que ese procedimiento puede culminar con una resolución favorable a los intereses del hoy quejoso.

"Sustenta tal consideración la tesis visible en el Semanario Judicial de la Federación, Tomo XV-2, febrero de 1995, Octava Época, página 355, cuyos rubro y texto señalan: