ACCIÓN PÚBLICA EN MATERIA DE DESARROLLO URBANO. SU OBJETO (LEGISLACIÓN DEL DISTRITO FEDERAL).
Fecha: 06-Nov-2015
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Acorde con esos datos de prueba, es patente que, como lo afirma la quejosa, la aducida afectación sufrida en su predio se atribuye a la ejecución de la construcción edificada en el inmueble contiguo, la cual, acorde con las pruebas periciales rendidas por sus especialistas, es de tracto sucesivo, sobre todo en cuanto al asentamiento sufrido, que también es calificado así por la autoridad de protección civil de que se ha dado noticia.
De esa forma, es patente que las afectaciones que se aducen, efectivamente pueden considerarse como de tracto sucesivo para efectos de la calificación de la oportunidad de la demanda inicial y, por ende, contrario a lo considerado por la responsable, el ejercicio de la acción es oportuno pues, además, es patente que al momento de la promoción de la acción, aún no concluía la ejecución de la obra, ya que la autorización de ocupación se emitió con posterioridad.
Sin que represente obstáculo a lo anterior que de la demanda inicial se desprenda, con meridiana claridad, entre otras, la contravención de la manifestación de construcción del predio contiguo, dado que la cuestión que determina la oportunidad son los efectos y no la emisión del acto. Por tanto, concluido que aquéllos son de tracto sucesivo, la demanda se puede promover en cualquier tiempo mientras no concluya la ejecución.
Asimismo, tampoco puede considerarse como inicio del plazo el conocimiento de la construcción (incluso aduciendo un hecho notorio para los vecinos del lugar), toda vez que como lo aduce la quejosa, lo que la legitima para ejercer la acción es la afectación sufrida y no la construcción en sí misma considerada; de ahí que, en la especie, no resulte determinante cuándo inició la construcción o cuándo tuvo conocimiento de ella o de las autorizaciones para efectuarla.
Es por ello que se estima que no fue acertado que la Sala responsable calificara de improcedente la demanda de acción pública, dado que al ser sus efectos de tracto sucesivo (con independencia de su calificación al analizar el fondo de la litis), y dado que al momento de la promoción de la demanda no había concluido la ejecución (no se había emitido la autorización de ocupación), se concluye oportuna la presentación de dicho libelo inicial y, por vía de consecuencia, ilegal el sobreseimiento decretado en el juicio.
Sin que sea procedente analizar los restantes argumentos tres, cuatro, seis, siete, nueve, doce, quince y diecisiete a veinte, porque se refieren a cuestiones de fondo (magnitud del daño y forma de reparación) que deberán, en su caso, ser examinadas por la Sala responsable.
NOVENO.-En este contexto, son fundados los argumentos en estudio y, al advertirse una violación al derecho fundamental de legalidad en su vertiente de motivación, procede decretar el amparo solicitado para el efecto de que la Sala del conocimiento:
- Acción Pública En Materia De Desarrollo Urbano Sus Elementos Legislación Del Distrito Federal
- Propiedad Elementos De Su Función Social
- Considerando
- Artículo O
- Artículo
- Iv Determinar Las Bases Para La Participación Social En Materia De Asentamientos Humanos
- C Atención De La Expansión Física De Construcciones En Zonas Urbanas
- Capítulo Único
- Ix Relotificación
- I La Suspensión De Trabajos Y Servicios
- Vi La Demolición De Construcciones
- De Las Sanciones
- Viii Multas Que Se Prevean En Los Reglamentos Correspondientes
- Xi El Retiro De Los Anuncios Y Sus Estructuras
- Iv Cancelación Del Registro
- D Órgano Jurisdiccional
- C Cambios De Destino Del Suelo Y
- Así Es Patente Que Los Sujetos Activos De La Acción Como Primera Conclusión Serán
- Disposiciones Generales
- Ii El Demandado Tendrán Este Carácter
- D El Gerente General De La Caja De Previsión De La Policía Preventiva Del Distrito Federal
- De La Audiencia
- De Las Sentencias
- Ii Declarar La Nulidad Lisa Y Llana Del Acto Impugnado
- Iv Sobreseer El Juicio En Los Términos De La Ley
- Lo Anterior Dado El Siguiente Razonamiento
- Normas Generales De Ordenación
- De Lo Antes Expuesto Se Destacan Dos Factores
- Artículo Se Transcribe
- Esta Juzgadora Llega A Esta Conclusión Dado Lo Siguiente
- En Tal Sentido Son Ineficaces Los Argumentos Marcados Con El Número Dos
- Improcedencia Causales De En El Juicio De Amparo Se Transcribe
- Sirve De Apoyo A Lo Anterior La Jurisprudencia Que Dice
- Ii Contra Actos Que No Provengan De Tribunales Judiciales Administrativos O Del Trabajo
- Improcedencia En El Amparo Cuando Se Reclama El Auto Admisorio De Una Demanda Se Transcribe
- Improcedencia Del Amparo Cuando Se Reclama El Auto Admisorio De Una Demanda Se Transcribe
- Revocación Amparo Improcedente Contra El Auto Admisorio De La Se Transcribe
- Artículo El Juicio De Amparo Es Improcedente
- Tiene Aplicación Al Criterio Anterior El Contenido De La Tesis De Jurisprudencia
- Asimismo Corrobora La Determinación Anterior La Tesis Que Textualmente Establece
- Sobreseimiento Que Se Hace Extensivo Respecto De Los Actos Reclamados Consistentes En
- Leyes O Reglamentos Amparo Contra Promovido Con Motivo De Su Aplicación Se Transcribe
- A Regla General Quince Días A Partir De La Ejecución Inmediata Del Acto Que Genera Su Afectación
- La Obra De Ocupa Gran Parte De La Manzana Formada Por La Avenida Sic
- La Prevención De Que No Se Sigan Los Trabajos De La Obra Colindante Y No Se Cargue La Torre
- Consistente En Determinar Sobre Lo Siguiente
- E Determinación Sobre Cuándo Se Entiende Terminada Una Construcción
- I Determinación Sobre Cuándo Se Podría Considerar Terminada La Obra De
- T Determinar Los Efectos En La Casa De Al Cargar Con Más Peso La Obra En
- Antecedentes
- Determinación Sobre Si Existen Daños En La Estructura De La Casa Ubicada En
- Daños Leves
- Se Reproducen Imágenes
- Gravedad De Los Daños Estructurales Que Representa La Casa De
- Daños Moderados
- Repercusiones De Los Daños Estructurales Que Presenta La Casa De
- Evaluación De Los Daños Estructurales Que Presenta La Casa De
- Determinación De Las Razones Técnicas En Las Que Apoya Su Opinión El Perito
- Conclusiones
- Recomendaciones
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- Ii Dicte Otro En El Cual No Sobresea En El Juicio Por Estimar Inoportuna La Demanda De Nulidad