DERRAMES DE HIDROCARBUROS POR TOMAS CLANDESTINAS. LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA ORDENADAS PARA HACER FRENTE A LA CONTINGENCIA TIENEN CARÁCTER CAUTELAR Y NO PREJUZGAN SOBRE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS.
Fecha: 27-Abr-2018
En El Proceso De Creación De La Mencionada Ley En Relación Con Su Naturaleza Se Destacó
"La responsabilidad jurídica debe reconocer que los daños a los recursos naturales pueden ser irreparables, como fue probado con los encallamientos de las embarcaciones Leeward, en Quintana Roo y Rubin en el Parque Arrecifal Veracruzano. Lo que evidencia también la necesidad de crear figuras jurídicas de compensación ambiental o ecológica.
"Los efectos nocivos sobre amplios grupos de población ocasionados por la liberación de contaminantes peligrosos en el ambiente, como los imputados a las empresas Pyosa en Monterrey, Peñoles en Torreón, Metales y Derivados en Tijuana, Cromatos de México, en el Estado de México, Fundidora Asarco en Ciudad Juárez, Pemex en Nanchital, Veracruz, entre otras, hacen patente la necesidad de un sistema integral de responsabilidad por daños al entorno, que incluya también la atención a los efectos de éstos en la integridad de las personas. Lo mismo puede decirse de los múltiples casos de desecho de residuos peligrosos generadores de amplios impactos al ambiente, como los acontecidos en el Municipio de Cadereyta, Nuevo León, así como los documentados en el Estado de México.
- I Sobre El Cambio De Criterio De La Sala Especializada
- En Relación Con Estos Puntos En Sus Conceptos De Violación Pemex Aduce Esencialmente Que
- Los Destacados Motivos De Desacuerdo Son Infundados
- Los Argumentos En Cita Son Infundados
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- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entiende Por
- Artículo O Para Los Efectos De Este Reglamento Se Entenderá Por
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- Artículo O
- Principio
- Asimismo En El Proceso Legislativo Que Dio Origen A La Creación De Esa Ley Se Indicó
- En El Proceso De Creación De La Mencionada Ley En Relación Con Su Naturaleza Se Destacó
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- Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
- Reglamento De La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
- Ley Federal De Responsabilidad Ambiental
- Artículo O La Industria Petrolera Abarca
- Naftas Y
- El Tenor Literal De Las Consideraciones De La Segunda Sala Del Alto Tribunal Son Las Siguientes
- De Manera Específica Se Señalan Las Siguientes Obligaciones
- La Jurisprudencia En Ningún Caso Tendrá Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- La Responsabilidad Objetiva Y Solidaria En El Caso Concreto
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Énfasis Es De Origen
- Publicada En El Diario Oficial De La Federación El De Octubre De
- Publicada En El Diario Oficial De La Federación El De Septiembre De
- Énfasis Agregado
- La Reparación Deberá Llevarse A Cabo En El Lugar En El Que Fue Producido El Daño
- Iv Aquellos Supuestos Y Conductas Previstos Por El Artículo Del Código Civil Federal
- Artículo
- El Énfasis Y Las Referencias Al Pie Son De Origen