DERRAMES DE HIDROCARBUROS POR TOMAS CLANDESTINAS. LAS MEDIDAS DE EMERGENCIA ORDENADAS PARA HACER FRENTE A LA CONTINGENCIA TIENEN CARÁCTER CAUTELAR Y NO PREJUZGAN SOBRE LA RESPONSABILIDAD AMBIENTAL DE PETRÓLEOS MEXICANOS.
Fecha: 27-Abr-2018
Guía De Referencia
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"Esta guía presenta la clasificación del tipo y grado de riesgo de 931 sustancias químicas, tomando como referencia los sistemas reconocidos internacionalmente de la National Fire Protection Association (NFPA) y del Hazardous Material Identification System (HMIS). Se pueden utilizar los valores de los sistemas antes mencionados, en el sistema de identificación y comunicación de peligros y riesgos por sustancias químicas peligrosas establecido en esta norma.
"La guía presenta en orden alfabético las sustancias químicas, seguidas por el número CAS, los valores del sistema NFPA equivalente al modelo rombo en salud (S), inflamabilidad (I), reactividad (R) y riesgos especiales (RE); y, por último, los valores del sistema HMIS, equivalente al modelo rectángulo; en salud (S), inflamabilidad (I), reactividad (R) y letra del equipo de protección personal (EPP) necesario."
Así, precisamente en atención al nivel de riesgo -(3) para inflamabilidad y (1) para la salud- que le corresponde a las gasolinas, existe incluso normatividad específica para regular los límites máximos permitidos en suelos, y lineamientos específicos para su medición y remediación previstos, principalmente, en la Norma Oficial Mexicana NOM-138-SEMARNAT/SSA1-2012, Límites máximos permisibles de hidrocarburos en suelos y lineamientos para el muestreo en la caracterización y especificaciones para la remediación.(10)
En el caso, así se reconoce también en el aviso inmediato de derrames, infiltraciones, descargas o vertidos de materiales peligrosos o residuos peligrosos, formato PROFEPA-03-017-A, y en la formalización del mismo aviso, en donde se anexa la hoja de datos de seguridad de sustancias, que contiene la siguiente clasificación de riesgo de la gasolina:
- I Sobre El Cambio De Criterio De La Sala Especializada
- En Relación Con Estos Puntos En Sus Conceptos De Violación Pemex Aduce Esencialmente Que
- Los Destacados Motivos De Desacuerdo Son Infundados
- Los Argumentos En Cita Son Infundados
- Iii Sobre La Responsabilidad Ambiental De Pemex En El Caso De Contaminación Por Tomas Clandestinas
- En Ese Entendido A Continuación Se Da Respuesta A Las Interrogantes Planteadas
- Xi Regular La Importación Y Exportación De Residuos
- Artículo Para Los Efectos De Esta Ley Se Entiende Por
- Artículo O Para Los Efectos De Este Reglamento Se Entenderá Por
- Guía De Referencia
- Ver Clasificación De Riesgo De La Gasolina
- I El Derecho De Toda Persona A Vivir En Un Medio Ambiente Adecuado Para Su Desarrollo Y Bienestar
- Xi La Producción Limpia Como Medio Para Alcanzar El Desarrollo Sustentable Y
- Artículo Se Consideran De Utilidad Pública
- Artículo O
- Principio
- Asimismo En El Proceso Legislativo Que Dio Origen A La Creación De Esa Ley Se Indicó
- En El Proceso De Creación De La Mencionada Ley En Relación Con Su Naturaleza Se Destacó
- La Responsabilidad Ambiental Institución Jurídica Diversa A La Responsabilidad Civil
- Iv La Protección De Las Áreas Naturales Y La Flora Y Fauna Silvestres Y Acuáticas
- Vi La Prevención Y El Control De La Contaminación Del Aire Agua Y Suelo
- La Sanción Económica Que Corresponda Será Impuesta Individualmente A Cada Una De Las Responsables
- Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
- Reglamento De La Ley General Para La Prevención Y Gestión Integral De Los Residuos
- Ley Federal De Responsabilidad Ambiental
- Artículo O La Industria Petrolera Abarca
- Naftas Y
- El Tenor Literal De Las Consideraciones De La Segunda Sala Del Alto Tribunal Son Las Siguientes
- De Manera Específica Se Señalan Las Siguientes Obligaciones
- La Jurisprudencia En Ningún Caso Tendrá Efecto Retroactivo En Perjuicio De Persona Alguna
- La Responsabilidad Objetiva Y Solidaria En El Caso Concreto
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- El Énfasis Es De Origen
- Publicada En El Diario Oficial De La Federación El De Octubre De
- Publicada En El Diario Oficial De La Federación El De Septiembre De
- Énfasis Agregado
- La Reparación Deberá Llevarse A Cabo En El Lugar En El Que Fue Producido El Daño
- Iv Aquellos Supuestos Y Conductas Previstos Por El Artículo Del Código Civil Federal
- Artículo
- El Énfasis Y Las Referencias Al Pie Son De Origen