CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C

Fecha: 16-Oct-1996

“DÍAS DE DESCANSO SEMANAL Y DE DESCANSO

OBLIGATORIO. CARGA DE LA PRUEBA TRATÁNDOSE

DE RECLAMACIONES POR AQUEL CONCEPTO” (Se

transcribe).

6. Los PAGOS de vacaciones, prima vacacional,

aguinaldo, días de descanso obligatorio y las

aportaciones de seguridad social que reclama el actor

son improcedentes, en virtud de que ya le fueron

cubiertos, tal como consta en sus recibos de nómina en

los cuales aparecen dichos rubros desglosados e

incluso se le pagaron las partes proporcionales

correspondientes al año 2020.

Para demostrar lo anterior, se adjunta como ANEXO 3

los recibos de nómina correspondientes al último mes

laborado (enero 2020) y el finiquito de las partes

proporcionales

que

le

fue

pagado

mediante

transferencia a su cuenta bancaria en febrero de 2020.

7. La PRIMA DE ANTIGÜEDAD reclamada no le

corresponde, en virtud de que es una prestación

exclusiva

para

los

trabajadores

de

base

con

nombramientos definitivos, la cual no está prevista en