CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C

Fecha: 16-Oct-1996

ESTADO, REGLAMENTARIA DEL APARTADO B) DEL

ARTÍCULO 123 CONSTITUCIONAL”.

Es totalmente improcedente el reclamo de la prestación

de prima vacacional que refiere la parte actora en este

numeral que ahora se atiende, en virtud de que dicho

concepto ya le fue pagado en forma proporcional al

tiempo efectivamente laborado, mediante transferencia

bancaría al número descuenta 6048513568, tal y como

consta en el recibo de “FINIQUITOS SEGUNDA