CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C

Fecha: 16-Oct-1996

“SALARIOS CAÍDOS. DEBEN PAGARSE A LOS

TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL

ESTADO, CUANDO SE DETERMINA LA ILEGALIDAD DE

SU DESPIDO” (se transcribe).

Tomando en cuenta el criterio citado y, tal y como bien

lo he señalado a lo largo del presente, no se trata de un

despido justificado, injustificado o por supresión de

una plaza, sino que se trata de la terminación del

nombramiento por tiempo fijo de Jefe de Departamento

de confianza, por lo que el actor no tiene derecho a

reclamar dicho pago.

4. Niego la acción y derecho de la parte actora de

reclamar “el PAGO DE VACACIONES, correspondiente

a este año y el año anterior, de conformidad con el

artículo 30 y demás correlativas de la LEY FEDERAL DE