CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONFLICTO DE TRABAJO 10/2020-C

Fecha: 16-Oct-1996

INSTITUTO

DE

SEGURIDAD

Y

SERVICIOS

SOCIALES

DE

LOS

TRABAJADORES DEL ESTADO (FOVISSSTE) contado

desde la fecha que ingresé a laborar hasta el día en que

se emita el laudo condenatorio.··

Es improcedente el reclamo de las aportaciones al

FOVISSSTE e ISSSTE por parte del actor ya que este

Alto Tribunal siempre cumplió con sus obligaciones

obrero-patronales con la ahora demandante, cubriendo

todas las cuotas del FOVISSSTE e ISSSTE en tiempo y

forma, sirve de ejemplo a esto, el recibo de nómina de

la segunda quincena de enero con fecha 30 de enero de

2020, en la parte de deducciones, por tal motivo se

opone la excepción de pago.

11. Carece de acción y derecho la parte actora para

reclamar la prestación denominada “EL PAGO DEL

AFORE.- Lo cual solicito sea condenada la parte

patrona hasta el total cumplimiento del laudo.”

Es improcedente el reclamo de la aportación al PAGO

DEL AFORE por parte del actor ya que este Tribunal

siempre

cumplió

con

sus

obligaciones

obrero-

patronales en tiempo y forma con el ahora demandante,

cubriendo los rubros correspondientes de Seguridad

Social.

12. Carece de acción y derecho la parte actora para

reclamar “LOS DEMÁS DERECHOS LABORALES Y