“… OBJETO DE LA DEMANDA
CONFLICTO DE TRABAJO 1/2020-C.
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La presente demanda, tiene por objeto, precisamente el relativo
a obtener la satisfacción de las PRESTACIONES de carácter
laboral que enseguida se precisan:
a)
Mi reinstalación en la plaza que ocupaba, correspondiente
al puesto de secretaria Rango ‘C’, adscrita a la Coordinación de
la Oficina de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de
la Nación, plaza número
del nivel
, que supuestamente
fue suprimida en virtud de la reestructuración organizacional de
las áreas que conforman este Máximo Tribunal, en particular de
la Coordinación de la Oficina de la Presidencia de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación, como consecuencia derivada de
supuestas necesidades propias del servicio’ a través del
otorgamiento de otra plaza equivalente a la suprimida.
Dicha prestación encuentra fundamento en la fracción IX, del
Apartado B, del artículo 14 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, así como en el numeral 43, fracción
III de la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado
dada la ilegalidad de que fui afectada con la supresión de mi
plaza de secretaria Rango C, adscrita a la Coordinación de la
Oficina de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación.
Derivado de la procedencia de la acción principal, descrita en el
primer inciso, reclamo como consecuencia:
b)
El pago de salarios caídos vencidos y no cubiertos,
contados a partir del día siguiente a aquél en el que se me
notificó en relación a la supresión de la plaza qué venía
ocupando, emitido por la equiparada a patrón, hasta el día en
que sea materialmente reinstalada en la fuente de trabajo de
que fui separada, correspondiente al puesto de Secretaria ,
Rango ‘C’, adscrita a la Coordinación de la Oficina de la
Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, plaza
número
del nivel
, que supuestamente fue suprimida,
al decir de los demandados, como consecuencia derivada de
las ‘necesidades propias del servicio’ y por ‘reestructuración
organizacional’ de las áreas que conforman el Máximo Tribunal
CONFLICTO DE TRABAJO 1/2020-C.
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del país a través del otorgamiento de otra plaza equivalente a la
suprimida
c)
El pago de primas vacacionales y aguinaldos, por todo el
tiempo que dure separada del empleo en el que pretendo mi
reinstalación
a
través
del
otorgamiento
de
otra
plaza
equivalente a la suprimida (secretariaRango ‘C’), así como el
pago de dichas prestaciones como devengadas, por haber
generado el derecho a percibirlas, dado que laboré del uno de
enero al quince de noviembre de dos mil diecinueve
(independientemente de mi antigüedad acumulada), siendo que
mi separación ocurrió con anterioridad a que se diera el pago
de prima vacacional correspondiente al segundo periodo de dos
mil diecinueve y aguinaldo relativo a ese propio año, de ahí que
me correspondan de manera proporcional los períodos que
presté mis servicios.
d)
El pago de las asignaciones adicionales que correspondan
al puesto de Secretaria , Rango ‘C’, adscrita a la Coordinación
de la Oficina de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia
de la Nación, plaza número
del nivel
mismas que se
cubren en los meses de abril, agosto y noviembre de cada año
por todo el tiempo que permanezca separada del empleo así
como el pago en proporción de la asignación adicional
correspondiente a noviembre de dos mil diecinueve, como
prestación
devengada,
en
razón
de
que
laboré
ininterrumpidamente desde el uno de enero del citado año hasta
el
momento
de
mi
injustificada
separación
motivada
supuestamente por supresión de mi plaza.
e)
El pago de la prestación denominada ‘ayuda de despensa’
que sean cubiertas durante, todo el tiempo en que me encuentre
separada del empleo, dada la supuesta supresión de mi plaza
como secretariaRango ‘C’, adscrita a la Coordinación de la
Oficina de la Presidencia de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación, plaza número
del nivel
.
CONFLICTO DE TRABAJO 1/2020-C.
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f)
La reincorporación o alta en el ISSSTE con todos los
derechos y seguros que me debe corresponder, con efectos a
partir del dieciséis de noviembre de dos mil diecinueve día
siguiente al en que fui injustificadamente separada de mi plaza,
por una supuesta supresión de la misma motivada por
‘necesidades del servicio’ en atención a una reestructuración
del área a donde me encontraba adscrita que lo es la
Coordinación de la Oficina de la Presidencia de la Suprema
Corte de Justicia de la Nación.
Sirve de fundamento a la presente demanda los hechos y
consideraciones de derecho siguientes:
- Encabezado
- DIRECTOR
- V I S T O S; Y,
- “… OBJETO DE LA DEMANDA
- IV. RELACIÓN DE HECHOS.
- DE PROCEDENCIA Y RAZONABILIDAD DE READSCRIPCIÓN DE
- PROCEDENCIA Y RAZONABILIDAD DE READSCRIPCIÓN
- DICTAMEN
- NACIÓN, DE VEINTIUNO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL
- DIRECCIÓN
- DESAPARECE
- PRESENTE:
- PROTESTO LO NECESARIO
- JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE ONCE DE JULIO DE 2019, POR EL
- SUSPENSIÓN
- CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, DE ONCE DE JULIO DE
- DEVOLVER
- PRUEBA:
- ‘TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. AL NO ESTAR
- TIENE DERECHO A QUE SE LE OTORGUE OTRA EQUIVALENTE
- ‘TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO. SUPRESIÓN DE
- “…CONTESTACIÓN A LAS PRESTACIONES
- CONTESTACIÓN A LOS HECHOS
- SE AFIRMA NI SE NIEGA.
- DGPSI/DPR/01/15-02-2019
- THELMA
- (ANEXO 3).
- SUPRESIÓN DE PLAZAS POR DESAPARICIÓN DE LA UNIDAD
- IV. EXCEPCIONES Y DEFENSAS
- A) FALTA DE ACCIÓN Y DERECHO (FALTA DE LEGITIMACIÓN
- C) FALTA DE LEGITIMACIÓN PASIVA.
- DGPSI/DPR6TP/047/07-11-2019,
- ESTADO. SUPRESIÓN DE PLAZAS POR DESAPARICIÓN DE
- EXCEPCIONES Y DEFENSAS
- V. LAS EXCEPCIONES Y DEFENSAS QUE SE ACTUALICEN
- C O N S I D E R A N D O:
- CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS
- LEY ORGÁNICA DEL PODER
- REGLAMENTO ORGÁNICO EN MATERIA DE
- “TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO DE
- “TRABAJADORES AL SERVICIO DEL ESTADO, CESE
- “SUPRESIÓN DE PLAZAS. LOS TRABAJADORES DE
- FRACCIONES IX Y XIV DEL APARTADO B DEL
- “TRABAJADORES DE CONFIANZA AL SERVICIO DEL
- VIOLA EL ARTÍCULO 123, APARTADO B, DE LA
- “SALARIOS CAÍDOS, MONTO DE LOS, EN CASO DE
- “PRIMA VACACIONAL. PROCEDE SU PAGO A LOS
- PATRÓN.
- “TRABAJADORES
- CÚMPLASE.
- CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
