Consideraciones Juridicas De Caracter General
Esta demanda se presenta ante usted, con el efecto de que me sea concedido el amparo y la protección de la Justicia Federal respecto de violaciones a derechos de naturaleza individual, como son los de legalidad y de seguridad jurídica que se consignan en forma expresa a favor de los habitantes del país, en el sentido de que las relaciones entre particulares y autoridades se deben dar bajo el principio de que en México existe un estado de derecho, con todo lo que ello significa: autoridades que apegan sus actos a lo que dispone la ley, la sanción de nulidad para lo que se hace en contravención a ella, y el castigo de los infractores.
A pesar de que los actos que señalo como reclamados, violan mis derechos como ciudadano, en lo particular y los de la ciudadanía, en general, la demanda no está encaminada a defender derechos de naturaleza política, su defensa, como ya lo han resuelto los tribunales federales, en forma reiterada, no puede entablarse por la vía de amparo; al respecto conozco que son abundantes las ejecutorias que niegan esa posibilidad y que, en especial, existe el siguiente criterio jurisprudencial.
'DERECHOS POLITICOS. La violación de los derechos políticos no da lugar al juicio de amparo, porque no se trata de garantías individuales.
Tomo III, p. 1312, amparo en revisión, Villa García, vecinos, de 16 de diciembre de 1918. Mayoría de 9 votos.
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