SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 40/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 40/2002

Fecha: 22-Abr-2002

V.1

V.1    Que, en los casos de medidas cautelares, entre ellas la imposición de detención preventiva y formal que hubieran sido impuestas al tenor del Código de Procedimiento Penal abrogado como del presente son aplicables las normas de éste último, por mandato de su Disposición Transitoria Segunda, inclusive para los procesos iniciados en vigencia de este último, así lo ha establecido la jurisprudencia de éste Tribunal a partir de la Sentencia Constitucional Nº 719/00-R de 24 de julio de 2000, criterio que ha sido sostenido en otras como las Sentencias Nos. 1063/01 y  85/2002.