Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL No. 40/2002
Fecha: 22-Abr-2002
VISTOS:
VISTOS: El Recurso Directo de Nulidad interpuesto por José Antonio Vera Corvera, Viceministro de Régimen Interior Policía y Seguridad Ciudadana y Jorge Ayllón Zamorano, Director General de Régimen Penitenciario contra Marlene Terán de Millán, Jesús Prada Chávez, Carlos Jaime Villarroel Ferrer, Alfredo Chávez Pérez, Gerardo Torres Antezana, Víctor Hugo Ocampo Vila, Carmen Aliaga Alarcón y Aida Luz Maldonado Bocángel, vocales de la Corte Superior de La Paz, demandando la nulidad de la Resolución Nº 37/2001 de 13 de diciembre de 2001; los antecedentes, y
- Partes:
- VISTOS:
- I.1
- I.2
- I.3
- admite
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- III.1
- III. 2
- III.3
- III.4
- III.5
- IV.1
- V.1
- La detención preventiva debe cumplirse en el recinto penal del lugar donde se tramita el proceso
- traslado, únicamente lo autorizará el juez del proceso. En caso de extrema urgencia, esta medida podrá ser dispuesta por el juez de ejecución penal, con noticia inmediata al juez del proceso
- V.3
- V.4
- V.5
- POR TANTO: