SENTENCIA CONSTITUCIONAL 79/2002
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 79/2002

Fecha: 05-Sep-2002

II.3.

II.3.    El Recurso directo o abstracto de inconstitucionalidad, al tenor del art. 54  LTC, procede contra toda ley, decreto o cualquier género de resolución  no judicial, contraria a la Constitución Política del Estado, como acción no vinculada a un caso concreto. En el caso concreto, se cuestiona la constitucionalidad de la Resolución No. RA-PE-01-001-02 de 10 de enero de 2002 dictada por la Presidencia Ejecutiva de la Aduana Nacional a.i., al considerar que contradice los preceptos de la Constitución, que establece  el principio de legalidad, que significa que solamente una Ley, y no una Resolución Administrativa, puede crear, modificar o suprimir tributos, o definir hechos generadores, violándose así las normas contenidas en los arts. 26, 59-1) y 2) CPE, 4, 14 y 16 CTb, al obviar el procedimiento legislativo para su sanción y promulgación.