Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1744/2004-R
Fecha: 28-Oct-2004
II.5.
II.5. El 12 de junio de 1998, el Intendente Liquidador del BIDESA dictó la Resolución IL/BIDESA/AC/15/98, protocolizada el 27 de agosto de 2001, mediante la cual rechazó la reclamación presentada por el recurrente de sus DPFs 10822 y 10823, con el fundamento de que para la emisión de los certificados de depósito de 12 de diciembre de 1997 no se cumplió con el presupuesto jurídico necesario de la entrega del dinero al BIDESA (fs. 298 a 306).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- (fs. 266)
- II.8.
- II.9.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.16.
- II.17.
- II.18.
- III.1.1. La liquidación y el régimen legal que lo regula
- Fragmento 23
- III.1.2. Procedimiento de inscripción de acreencias
- III.1.3. Del procedimiento de revisión de la resolución de rechazo de la acreencia
- III.2.1.
- III.2.2.
- III.2.3.
- III.2.4.
- III.1.2
- III.2.5.
- III.3. La problemática planteada con relación al Juez de Liquidación
- Fragmento 33
- III.5. La problemática planteada con relación a los Ministros de la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia
- APRUEBA