SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
II.2.
II.2. El 23 de noviembre de 2001 (fs. 2-6; 132-136), el querellante amplió la querella contra Oscar Ayala Pacheco, Jorge Arce Sanjines, Martha Rodríguez León, Percy Miguel Añez Rivero, Fernando Gutiérrez Zalles y Emilio Unzueta, todos ellos empleados y ejecutivos del Banco Mercantil S.A. por estafa, abuso de confianza y la agravación prevista por el art. 349. inc. 3) del CP, falsedad material y falsedad ideológica. En atención a que la ampliación de la querella había sido interpuesta después de la vigencia plena del nuevo Código de procedimiento penal y estaba dirigida contra personas distintas a las de la querella inicial, el Fiscal de Materia dispuso que la investigación se realice por la División Económicos y Financieros y que en aplicación del art. 290 de la norma procesal aludida, se ponga en conocimiento de los denunciados la querella interpuesta en su contra; éstos fueron citados el 14 de diciembre de 2001 (fs. 137).
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6. Mediante requerimiento de 11 de mayo de 2002
- II.7. El 27 de diciembre de 2002 (fs. 12)
- II.8. El 10 de febrero de 2003
- II.9. El 17 de febrero de 2003
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15. Por decreto de 12 de enero de 2004 (fs. 542), los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia de Montero
- III.1. Análisis de los delitos de acción pública, privada y de acción privada a instancia.-
- III.2.
- con las excepciones señaladas en el artículo siguiente
- Los procesos por delitos de acción privada no podrán acumularse a procesos por delitos de acción pública
- III.3.
- Fiscal de Materia recurrido
- III.4.
- “
- todas las cuestiones incidentales serán tratadas en un solo acto
- jueces técnicos
- III.6.