SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R

Fecha: 16-Mar-2004

II.3.

II.3.   Mediante requerimiento de 15 de mayo de 2002, el Fiscal de Materia recurrido,  acusó formalmente a los querellados, discriminando la tipificación individual de cada uno (fs. 156-164). Mediante decreto de 25 de mayo del mismo año (fs. 165), los jueces técnicos del Tribunal Segundo de Sentencia, dispusieron que en el plazo de cuarenta y ocho horas el Fiscal “Informe si en la Etapa Preparatoria se realizó alguna imputación y qué autoridad ejerció el control jurisdiccional respectivo, debiendo acompañar la documentación pertinente como constancia de dichas actuaciones” (fs. 48); extremo cumplido el 28 de mayo de 2002 (fs. 177).