SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R
Fecha: 16-Mar-2004
III.3.
III.3. En el caso de autos, el recurrente, en su condición de representante legal de la Agencia Despachante de Aduana “ACHES” S.R.L, se querelló en primera instancia contra Rosendo Hurtado Cuellar por delitos de acción pública y privada, ampliando luego la querella contra Oscar Ayala Pacheco, Jorge Arce Sanjines, Martha Rodríguez León, Percy Miguel Añez Rivero, Fernando Gutiérrez Zalles y Emilio Unzueta, por los mismos delitos. El Fiscal imputó a Rosendo Hurtado Cuellar y Oscar Ayala Pacheco por la supuesta comisión de los delitos de estafa, apropiación indebida, abuso de confianza, agravación en caso de victimas múltiples y el previsto por el art. 349 inc. 3) del CP; a Jorge Sánjines y a Martha Rodríguez León por la supuesta comisión de los delitos de falsificación de documento privado y uso de instrumento falsificado con relación al art. 15 del CP y a Percy Miguel Añez Rivero, Fernando Gutiérrez Zalles y Emilio Unzueta les imputó la supuesta comisión de los delitos de apropiación indebida, abuso de confianza, agravación en caso de víctimas múltiples en grado de encubrimiento y, concluida la etapa preparatoria, formuló acusación contra Rosendo Hurtado Cuellar y Oscar Ayala Pacheco por los delitos imputados y a Jorge Sanjines por la supuesta comisión de los delitos de estafa y abuso de confianza con relación a los arts. 17, 23 y 171 del CP; en ambos casos el Fiscal de Materia recurrido acusó a los imputados por delitos de acción pública y privada. Los co-imputados Martha Rodríguez León, Percy Miguel Añez Rivero, Fernando Gutiérrez Zalles y Juan Emilio Unzueta Zegarra fueron sobreseídos, no obstante que estos últimos habían sido imputados por delitos de acción pública y privada, lo que significa que el Fiscal también los sobreseyó por los delitos de acción privada.
- recurso de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2.2. Informe de las autoridades recurridas
- a)
- improcedente
- I.2.4. Trámite procesal en el Tribunal
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6. Mediante requerimiento de 11 de mayo de 2002
- II.7. El 27 de diciembre de 2002 (fs. 12)
- II.8. El 10 de febrero de 2003
- II.9. El 17 de febrero de 2003
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- II.13.
- II.14.
- II.15. Por decreto de 12 de enero de 2004 (fs. 542), los jueces técnicos del Tribunal de Sentencia de Montero
- III.1. Análisis de los delitos de acción pública, privada y de acción privada a instancia.-
- III.2.
- con las excepciones señaladas en el artículo siguiente
- Los procesos por delitos de acción privada no podrán acumularse a procesos por delitos de acción pública
- III.3.
- Fiscal de Materia recurrido
- III.4.
- “
- todas las cuestiones incidentales serán tratadas en un solo acto
- jueces técnicos
- III.6.