SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0390/2004-R

Fecha: 16-Mar-2004

III.4.

III.4.    Por su parte, el Fiscal de Distrito, a tiempo de conocer la objeción al requerimiento que disponía el sobreseimiento, no obstante de estar obligado jurídicamente a analizar la actuación del Fiscal de Materia, en especial en lo concerniente al requerimiento objetado; advirtiendo los actos ilegales en los que había incurrido éste, debió, cumpliendo el deber jurídico que le asigna la ley como autoridad jerárquica, de sanear la actuación de los inferiores cuando corresponda, revocar el sobreseimiento, disponiendo se excluyan de él, los delitos de acción privada.