SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2004-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0528/2004-R

Fecha: 08-Abr-2004

todos los adeudos tributarios cuyos hechos generadores o ilícitos

Para ello, es necesario transcribir lo señalado en el art. 1 del DS 27149, Reglamento para la transición al nuevo Código Tributario Boliviano, que dispone que el Programa transitorio voluntario y excepcional establecido en la Disposición Transitoria Tercera de la Ley 2492 de 2 de agosto de 2003, alcanza a todos los adeudos tributarios cuyos hechos generadores o ilícitos se hubieran producido hasta el 31 de diciembre de 2002, inclusive, cuyo cobro corresponda al Servicio de Impuestos Nacionales o a la Aduana Nacional.