SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

I.2.1. Ratificación y ampliación del recurso

El recurrente ratificó el contenido de su recurso y agregó que todos los actos del Gran Maestro, Grandes Dignatarios y Grandes Oficiales, a partir del 21 de junio de 2005, son ilegales, ya que fueron elegidos hace tres años en esa fecha, no pudiendo prorrogar ni un día más su mandato, lo contrario es ilegal. 

Con el derecho a la réplica el abogado del recurrente señaló que se agotaron las vías llamadas por ley, no estando facultado el Gran Maestro a convocar a elecciones conjuntamente el Secretario, porque según la Constitución Masónica los llamados son el Gran Maestro, Oficiales y Secretarios, los que por lo demás ya cumplieron sus funciones el 22 de junio de 2005 y a partir de ello sus actos son nulos y la pretensión del abogado de hacer creer que sus funciones fueron prorrogadas por determinación de las asambleas mientras no se modifique la Constitución porque ésta es la que rige el Gran Rito de York.