SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2006-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1025/2006-R

Fecha: 16-Oct-2006

II.12.

II.12. De fs. 65 a 67 cursa la respuesta del Gran Maestro al recurrente, sobre la impugnación precedente, señalando que: 1) los actos realizados por el Comité Electoral en el campo económico se han basado en los documentos oficiales y los balances de gestiones anteriores y de la presente, 2) con referencia a la contravención al art. 11 inc. i), el informe del Comité electoral se encuentra en poder de la Gran Maestría; 3) la impugnación remitida al Comité Electoral fue recibida dos horas después del inicio del acto eleccionario; asimismo, la impugnación a las elecciones fueron siete días después del acto, para finalmente señalar que su solicitud no puede ser atendida favorablemente.