Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1319/2006-R
Fecha: 18-Dic-2006
II.1.
II.1. El 27 de octubre de 2003, mediante Resolución “2003/58” (fs. 121 a 122), la Dirección General de Desarrollo Territorial y la Dirección de Regulación Urbana, con el visto bueno de la Oficialía Mayor de Desarrollo Territorial de la Alcaldía de Santa Cruz, autorizaron el colocado de sellos de aprobación en los planos correspondientes al proyecto de la UNIFRANZ ubicado en la U.V. 32, Mza. P-1 sobre la calle Perimetral, de propiedad de Abel Ágreda Méndez y Celsa Nogales de Ágreda
- recurso
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- 1)
- a)
- deniega
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- II.12.
- III.1. Legitimación pasiva
- SC 0436/2004-R,
- cuando el administrador procede a aprobar y autorizar los planos y demás documentación técnica presentada por los administrados
- que la medida de paralización de obras haya sido resultado de un previo proceso administrativo por incumplimiento a normas municipales o de carácter técnico,
- por RA 583/2004, anuló obrados hasta el estado de analizar inclusive la solicitud de visación del plano de uso de suelo
- ya el 30 de junio de 2004,
- Fragmento 24
- no sólo que el Alcalde recurrido resolvió un recurso jerárquico inexistente
- , en un “trámite” en el que se tomó una determinación contra los intereses y derechos de los propietarios sin su intervención
- SC 0084/2004
- no existe duda que el Alcalde recurrido al dictar la RA 504/2005, ha vulnerado el derecho a la seguridad jurídica de los mandantes de la recurrente
- corresponde al Alcalde regularizar todo procedimiento,