SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2007-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0070/2007-R

Fecha: 09-Feb-2007

ha establecido el régimen de las medidas cautelares de naturaleza personal, bajo el principio de potestad reglada

Por otra parte es menester mencionar, a efectos de resolver la problemática planteada, que en la SC 0012/2006-R, de 4 de enero, el Tribunal Constitucional al analizar el régimen cautelar previsto por el actual Código de Procedimiento Penal, estableció que la aplicación de medidas cautelares, se halla sujeta a la forma de potestad reglada, al establecer la norma procesal los supuestos de improcedencia y procedencia de la detención preventiva y la aplicación de medidas sustitutivas, en ese sentido sostiene: “En sujeción a la política criminal diseñada por la Constitución, el legislador, previo el juicio de proporcionalidad que la Constitución de manera implícita exige, ha establecido el régimen de las medidas cautelares de naturaleza personal, bajo el principio de potestad reglada, evitando con ello decisiones subjetivas que importen arbitrariedad; esto supone que los operadores jurídicos están relevados del juicio de proporcionalidad en la adopción de la medida, dado que tal labor ya fue realizada por el legislador, y más bien, están reatados a los parámetros objetivos que la ley fija, tanto para la determinación de la detención preventiva como para la adopción de las medidas sustitutivas(las negrillas son nuestras).