SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2073/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2073/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

6)

6) Conforme a la SC 1036/2002-R de 29 de agosto y en el marco del art. 5 del CPP, en los casos que existan ampliaciones o sucesivas imputaciones, el cómputo de los tres años de duración máxima del  proceso previsto por el art. 133 del mismo cuerpo legal, debe efectuarse desde la notificación con la primera imputación formal.