SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2073/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2073/2010-R

Fecha: 10-Nov-2010

i)

Sostiene que en ambos memoriales hizo notar que: i) Siendo Bolivia signataria de la Convención Americana de Derechos Humanos (CADH), conforme al art. 8 inc. 1) de la misma toda persona tiene derecho a ser oída con las debidas garantías dentro de un plazo razonable por un Juez o Tribunal competente, independiente e imparcial; y, ii) Que su defendido y representado Carlos Sánchez Berzaín, de manera absolutamente ilegal y sin ser citado, fue declarado rebelde el 28 de marzo de 2007, a pesar que para esa fecha ya habían transcurrido 3 años y 5 meses desde que el proceso se inició, por lo que se habían cumplido los presupuestos legales para la extinción de la acción penal y correspondía inexcusablemente que dé curso a la misma, inclusive de oficio, pues bajo ningún supuesto la declaratoria de rebeldía podía tener carácter retroactivo.