SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2631/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2631/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

2.

2.  La Ley de Organización Judicial, ahora abrogada, admite expresamente la intervención de los ex conjueces, no pudiendo alegarse incompetencia; sin embargo, tampoco impugnó su participación, no formuló recusación, ni inhibitoria o declinatoria, que corroboren que el Auto de Vista impugnado sea ultrapetita o incongruente;