SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2631/2010-R
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2631/2010-R

Fecha: 06-Dic-2010

III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional y de las garantías invocadas por los accionantes como vulneradas

La acción de amparo constitucional, se encuentra instituida por el art. 128 de la CPE, como una acción de defensa contra actos u omisiones ilegales o indebidos de los servidores públicos, o de persona individual o colectiva, que restrinjan, supriman o amenacen restringir o suprimir los derechos reconocidos por la misma Constitución y la ley. De acuerdo a la nueva configuración constitucional citada, se infiere que se constituye en un recurso extraordinario de tramitación especial y sumaria, que tiene por objeto fundamental la restitución o restablecimiento de los derechos y garantías constitucionales en los casos en que sean indebida o ilegalmente suprimidos o restringidos por actos u omisiones de personas particulares o funcionarios públicos, con excepción del derecho a la libertad protegido por la acción de libertad.