SENTENCIA CONSTITUCIONAL 2631/2010-R
Fecha: 06-Dic-2010
Fragmento 26
En el caso en examen, los accionantes manifiestan que dentro del proceso de liquidación forzosa del Banco Sur S.A., tramitado ante el Juzgado Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial del Distrito Judicial de Santa Cruz, que concluyó con la Sentencia 68 de 30 de abril de 1999, el Juez calificó como acreencias extraconcursales: a) Varias acreencias concursales que ya tenían sentencia judicial ejecutoriada anterior a ese proceso de liquidación; b) Los depósitos para compra de acciones; y, c) Los Bonos obligatoriamente convertibles en acciones (BOCAS); y colocó al BCB en sexto lugar en el orden de prelación de las acreencias extraconcursales. Posteriormente, por apelación interpuesta, la Sala de Conjueces de la Corte Superior del mismo Distrito Judicial, confirmó parcialmente la Sentencia de primera instancia, con la agravante de ubicar al BCB en el octavo lugar. Así también, luego de presentar recurso de casación, la Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia emitió el Auto Supremo 162 de 12 de agosto de 2008, declarando infundado el recurso formulado por el BCB y manteniendo las ilegalidades denunciadas, incumpliendo con esos actuados los arts. 126, 128 y 135 de la LBEF y 1386, 1420 y 1611 del Ccom; y luego de agotar las vías ordinarias de impugnación, reclamando los derechos y garantías del BCB infringidos y conculcados, los activantes activaron la jurisdicción constitucional.
- recurso de amparo constitucional,
- a)
- 1)
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- i)
- denegó
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sujeción de la actuación del Tribunal Constitucional a la Constitución Política del Estado vigente desde el 7 de febrero de 2009
- “accionante”
- “conceder”
- III.3. Naturaleza jurídica del amparo constitucional, ahora acción de amparo constitucional y de las garantías invocadas por los accionantes como vulneradas
- III.4. Sobre la facultad del Tribunal Constitucional para pronunciarse en revisión sobre la legalidad ordinaria
- III.5. Régimen legal que regula el procedimiento de liquidación de las sociedades mercantiles, con sus características de público y obligatorio
- 3.
- Fragmento 26
- a) Actuación del Juez Séptimo de Partido en lo Civil y Comercial
- 6.
- no así, entre las extraconcursales que -como ya se refirió- se encuentran calificadas por ley y deben devolverse con preferencia a momento de iniciarse la liquidación; así también, cabe referir que la actuación del juez debe limitarse a establecer el orden de pago y no excederse calificando la acreencias
- b) Actuación de la Sala de Conjueces de la Corte Superior
- c) Actuación de los Ministros de la Corte Suprema de Justicia
- 2.
- III.7. La seguridad jurídica en la nueva configuración constitucional