Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 0091/2010-R
Fecha: 04-May-2010
II.2.
II.2. El Departamento de Auditoría Interna, el 23 de marzo de 2003, elevó a conocimiento del Rector, la auditoría realizada sobre la contratación de docentes de la Carrera de Derecho, misma que concluye con la verificación de irregularidades en el proceso de dotación de personal y que por tal razón, resulta inadmisible otorgar la titularidad a los docentes interesados, recomendando la anulación de los actos efectuados por los Tribunales; sin embargo, se evidencia que la citada auditoria no recomienda la destitución de los recurrentes ni responsabilidad alguna (fs. 35 a 74).
- recurso de amparo constitucional, actualmente acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridades recurridas y petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de amparo constitucional
- a)
- Jefe de Auditoria de la UMSA, señaló que:
- procedente
- b)
- c)
- d)
- I.3. Trámite procesal en el Tribunal Constitucional
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- no es exigible el agotamiento de los medios o recursos ordinarios cuando las vías ordinarias existentes no son las adecuadas para la protección del derecho presuntamente vulnerado, y más bien se constituyen en un obstáculo para acceder a la tutela brindada por el amparo constitucional
- Fragmento 21
- Fragmento 22
- III.4.
- III.5.
- III.6.
- III.7.
- ; de continuidad y estabilidad laboral
- III.8.
- III.9.
- III.10.
- III.12.
- APROBAR