SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1101/2013-L

Fecha: 30-Ago-2013

II.5.

II.5.      Mediante memorial de la Empresa Metalúrgica Vinto, de 27 de noviembre de 1991, ante el Juzgado de Trabajo y Seguridad Social del Distrito Judicial de Oruro, se refirió que tomando en cuenta la difícil situación económica, debido a la alta competencia de fundiciones externas y la necesidad de reducir costos de operación, la Empresa Metalúrgica Vinto aplicó el art. 55 del DS 21060, previsto para proceder al agradecimiento de servicios de trabajadores. Asimismo, indicó que el proceso de reincorporación de los accionantes ya concluyó y sus resoluciones estaban ejecutoriadas. Por todo ello, no correspondía dejar sin efecto las rescisiones de sus contratos, tampoco correspondía la expedición de mandamiento alguno, debiendo, por ende, rechazar el memorial referido supra (fs. 78 y vta.).