Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0074/2014 de 13 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0074/2014 de 13 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 13-Nov-2014

el puntoII.2.2. Artículos 4º y 10º

Mediante el fallo constitucional cuya disidencia se plantea, se declaró la incompatibilidad de la frase “…las Ordenanzas Municipales…” contenida en el numeral 1 del artículo analizado, sin embargo, a consideración de los suscritos, en el marco del entendimiento desarrollado en el puntoII.2.2. Artículos 4º y 10ºde la presente disidencia, debió declararse la compatibilidad de la frase referida.