Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0074/2014 de 13 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

Los suscritos Magistrados, en observancia del art. 10.III del Código Procesal Constitucional, manifiestan su disidencia con la DCP 0074/2014 de 13 de noviembre, por los siguientes fundamentos de orden constitucional.

Fecha: 13-Nov-2014

Parágrafo I

La DCP 0074/2014 estableció la incompatibilidad de los numerales 4 y 13 del parágrafo I del art. 13 entendiendo que estos no se encuentran relacionados con las competencias de la ETA, y que asimismo el numeral 20 de la referida disposición sería incompatible toda vez que éste precepto establecería privilegios únicamente para los habitantes del municipio, entendimiento que merece las siguientes consideraciones: