La Magistrada que suscribe, considera que la SCP 0206/2014 de 5 de febrero,debió declarar la
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

La Magistrada que suscribe, considera que la SCP 0206/2014 de 5 de febrero,debió declarar la

Fecha: 05-Feb-2014

es la causación de la muerte de un feto en el seno materno o la provocación de su expulsión prematura,

Conforme a dichas definiciones, debe considerarse que la acción típica que configura el tipo penal aborto previsto en el art. 263 es la causación de la muerte de un feto en el seno materno o la provocación de su expulsión prematura, donde el término feto, desde criterios médicos, debe ser entendido como el producto de la fecundación posterior a la octava semana después de la fecundación, pero también, desde criterios normativos,cuando la interrupción del embarazo desde las fecundación hasta el fin del estado embrionario (8 semanas después de la fecundación) ha sido realizada sin el consentimiento de la mujer, quien es la titular de los derechos sexuales y reproductivos y, por tanto, es quien, en el marco de la autodeterminación sobre su cuerpo y los derechos antes señalados debe definir si su embarazo será interrumpido.