SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2014

Fecha: 10-Mar-2014

como nueva comunidad

A la comunidad “Takana El Turi Manupare II” no le fueron dotadas tierras en el proceso de saneamiento, pues su solicitud de dotación, como nueva comunidad, fue efectuada el 4 de marzo de 2011; sin embargo, dicha solicitud fue observada debido a que el asentamiento de la comunidad se encontraría en parte del predio “Santa Felicidad” titulado a favor de Miguel Ruiz Cambero y en un área de tierra fiscal no disponible sobre la que cursa un trámite ante la ABT para concesión forestal de aprovechamiento de recursos forestales no maderables.

Es precisamente sobre esta última área donde surgieron los conflictos con el ahora demandado; pues, de conformidad a lo señalado en el Fundamento Jurídico III.5.1 de este fallo, la familia de Miguel Ruiz Cambero solicitó la concesión forestal para el aprovechamiento de los recursos forestales no maderables, la cual, a la fecha, se encuentra desistida, de acuerdo al Auto administrativo DGGJ-073-2009.

No obstante que, como se ha concluido en el Fundamento Jurídico antes referido,  el actual demandado no tenía un derecho regularizado que le otorgue la  explotación de los recursos naturales existentes en la superficie de 4 412,6497 ha en la que se efectuó la solicitud de concesión forestal, que además se constituye, conforme se ha señalado, en un territorio ancestral del pueblo Takana, el demandado inició un interdicto de recobrar la posesión contra Hirgen Cartagena Flores, el 8 de noviembre de 2011, adjuntando como prueba, entre otras, la Resolución Final de Saneamiento, y el informe técnico elaborado por el Asistente Técnico del INRA de 31 de octubre de dicho año, que sostiene que se constató el asentamiento ilegal de la comunidad indígena el Turi II dentro de la propiedad “San Felicidad”; aspecto que fue negado por el demandado quien sostuvo en su respuesta que ingresaron en posesión de tierras fiscales con autorización de INRA Pando en el mes de mayo de 2010.