SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2014
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0572/2014

Fecha: 10-Mar-2014

II.10.

II.10. El Director Departamental de Pando de la ABT, remitió el expediente de solicitud de concesión forestal no maderable  (fs. 105 a 198) formulada por Miguel Ángel Ruiz Morales, predio “Santa Felicidad”, el 6 de abril de 2009.  El solicitante argumentó que como producto de la finalización del proceso de saneamiento desarrollado por el INRA, se determinó que la superficie 4910,2925 ha., ubicada en el cantón Bolívar, tercera sección de la provincia Madre de Dios, departamento de Pando, se constituye en tierra fiscal, “perteneciente al predio denominado ‘Santa Felicidad”, predio en el cual realiza “de manera pacífica e ininterrumpida actividades tradicionales de aprovechamiento de recursos forestales no maderables”(sic), vinculados a la recolección de la castaña y otros, solicitando con dichos antecedentes se otorgue en concesión forestal no maderable el área fiscal del predio “Santa Felicidad” (fs. 106). De acuerdo al Dictamen jurídico de 22 de abril de 2010, suscrito por el Abogado consultor ABT, las observaciones realizadas a la solicitud de concesión forestal no maderable efectuada por Miguel Ángel Ruiz Morales no fueron subsanadas, motivo por el cual “no procede la revisión y análisis de la mismas, al carecer de documentación mínima para la otorgación de “Concesión Forestal No Maderable…” (sic), por lo que se sugirió se dictamine por tener como desistida la solicitud de concesión forestal no maderable (fs. 195).