AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O

Fecha: 03-Jul-2014

adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones

En consecuencia, la Jueza de garantías constitucionales, al haber llevado adelante una audiencia de cumplimiento de sentencia, donde se acordó la forma de ejecución de la Sentencia Constitucional Plurinacional, aplico el procedimiento  utilizando una medida necesaria para ejecución de lo dispuesto en la SCP 1127/2013-L, conforme a la facultad conferida por el art. 17.I del CPCo, que señala: “El tribunal Constitucional Plurinacional y la Juezas, Jueces y Tribunales de garantías constitucionales adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones”, por lo que se observa que la Jueza denunciada, obró correctamente.