AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O

Fecha: 03-Jul-2014

Fragmento 29

           En mérito al contenido del memorial presentado por Benita Ichuta Ichuta y Feliciano Ichuta Aspi; se evidencia que la Jueza de garantías constitucionales, no hizo cumplir la SCP 1127/2013-L, remitida a su conocimiento por el Tribunal Constitucional Plurinacional, más al contrario actuando al margen del procedimiento establecido en el Código Procesal Constitucional, señaló audiencias de conciliación en lugar de hacer cumplir la Sentencia señalada, creando un procedimiento inexistente en la norma procesal citada, por lo que solicitan que: i) Se conmine a la Jueza Segundo de partido y sentencia de El Alto, constituida en Jueza de garantías a que haga cumplir lo determinado en la SCP 1127/2013-L; y, ii) Por el contrario se la aparte del conocimiento del caso, bajo responsabilidad disciplinaria y penal.