AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O

Fecha: 03-Jul-2014

II.3.

II.3.  En cumplimiento a la determinación tomada por el Tribunal Constitucional Plurinacional, las Autoridades Originarias de la Comunidad Yauriri San Juan del municipio de Jesús de Machaca, provincia Ingavi del departamento de La Paz, convocaron a nueva Asamblea para el de 19 de febrero de 2014, en la que emitieron el Voto Resolutivo 01/2004 de 19 de febrero, asumiendo lo siguiente: i) Solicitar a Narda Soria Galvarro, Jueza Segunda de Partido y Sentencia Penal de El Alto, que en ejecución de la Sentencia Constitucional Plurinacional, convoque a las parte a audiencia pública de cumplimiento de la misma; ii) Sean los demandados los que deban devolver a los accionantes los animales, sus crías y los productos, previa comprobación por parte de los demandantes de la existencia de los mismos; iii) Que sean devueltos los terrenos a los accionantes y puedan regresar estos últimos a los mismos; iv) Que los accionantes, si así lo desean, pueden solicitar su reincorporación a la comunidad, previa otorgación de disculpas a la comunidad; v) Que los demandados elaboren adobes dirigidos a la construcción de las viviendas de los accionantes; vi) Los accionantes Benita Ichuta Ichuta y Felciano Ichuta Aspi, cumplan con los aportes y sanciones económicas así como con la función social adeudada a la comunidad de acuerdo a Reglamento y Estatuto de la Comunidad, bajo pena de procederse conforme a Reglamento y Estatuto en caso de incumplimiento; y, vii) Ambas partes, accionantes y demandados, se otorguen amplias garantías recíprocas y cesen toda acción judicial iniciada entre ambas partes en la justicia ordinaria para el restablecimiento de la paz comunitaria (fs. 604 a 610).