Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
AUTO CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0021/2014-O
Fecha: 03-Jul-2014
II.6.
II.6. Conforme al acta de audiencia de 12 de marzo de 2014, a la audiencia de cumplimiento de Sentencia Constitucional Plurinacional no se hicieron presentes Benita Ichuta Ichuta y Feliciano Ichuta Aspi, concurriendo tan solo la parte demandada, por lo que la Jueza referida mediante providencia de la misma fecha señaló nueva audiencia de conciliación para el 21 de marzo de 2014 a horas 17:30 (fs. 445 a 449 vta.).
- acción de amparo constitucional
- a)
- 1)
- II.1.
- 2° Dejar
- 4°
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1 El carácter obligatorio y los efectos vinculantes de las Sentencias Constitucionales Plurinacionales con calidad de cosa juzgada
- sujetos procesales
- V.7.3. Resolución de los derechos denunciados
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- Fragmento 20
- Fragmento 21
- sin derecho a participar en proyectos y actividades de la comunidad
- Fragmento 23
- Fragmento 24
- Fragmento 25
- Fragmento 26
- 2°
- .
- Fragmento 29
- III.4. Análisis de la denuncia por incumplimiento a decisiones constitucionales con calidad de cosa juzgada
- por tanto, la Resolución constitucional señalada se tendrá por cumplida en tanto se materialice la razón del fallo que en el caso concreto, es la
- adoptarán las medidas que sean necesarias para el cumplimiento de sus resoluciones
- NO