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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015-S3

    Fecha: 02-Feb-2015

    II.2.

    II.2.    Celina Carmen Vásquez Maldonado, adjuntando el certificado de depósito  81806, por la suma de $us10 000, por memorial presentado el mismo día del remate -5 de junio de 2008-, expresó su voluntad de pagar la totalidad de la deuda, solicitando audiencia para conciliar los montos que ya fueron cancelados y se suspenda el acto de remate (fs. 12 a 13).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • i)
    • I.1.3. Petitorio
    • 1)
    • concedió
    • I.3. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • II.7.
    • II.8.
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • III.1. El principio de pertinencia como elemento del debido proceso
    • “…la garantía del debido proceso comprende entre uno de sus elementos la exigencia de motivación de las resoluciones,
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • III.3.1.
    • III.3.2.
    • III.3.3.
    • III.4.1.
    • 2°

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