SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0050/2015-S3

Fecha: 02-Feb-2015

II.3.

II.3.    Franz Rodolfo Crespo Monroy, por memorial de 9 de junio de 2008, adjuntó el certificado de depósito 81812 de 6 del mismo mes y año, por $us113 536,08.- y solicitó la aprobación del remate, la extensión de la Escritura Pública de transferencia y la protocolización de las actuaciones correspondientes, habiendo el Juez a quo por Auto de 23 de septiembre del mismo año, determinando lo siguiente: a) Rechazó las observaciones realizadas por el coactivante a la liquidación practicada por la perito Sandra Mireya San Miguel, aprobando el informe sobre lo adeudado en la suma de $us43 379,16.- hasta el 23 de mayo del mismo año; b) Rechazó el incidente de nulidad de remate opuesto por Celina Carmen Vásquez Maldonado, por no haberse citado a la acreedora Antonia Lizárraga Claros, con el señalamiento del remate; y, c) Al estar oblado el precio total del remate, aprobó el acta de subasta llevado a cabo el 5 de junio de 2008, adjudicándose el inmueble referido precedentemente a favor de Franz Rodolfo Crespo Monroy en la suma de $us141 920,10.- (fs. 16 a 17 vta.).