DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015

Fecha: 11-Ago-2015

Artículo 52. (Igualdad de Oportunidades para Ocupación de Cargo Políticos).-

I. Todo ciudadano, ciudadana del municipio en su condición de hombre, mujer, joven, adulto mayor, persona con discapacidad, nacido en el municipio o migrante, con o sin formación académica, con o sin creencias religiosas y otros permitidos por las Constitución y la Ley, tendrá las mismas oportunidades de ser elegido o elegida para ocupar cargos de representación política, tanto en sus organizaciones político partidarias como en el Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy. La normativa interna de las organizaciones político partidarias del Gobierno Autónomo Municipal y el sistema de elección de autoridades municipales, establecerán las previsiones necesarias para garantizar tal igualdad de oportunidades, asegurando la composición de espacios políticos que incluyen a los sectores mencionados”.

I. Todo ciudadano, ciudadana del municipio en su condición de hombre, mujer, joven, adulto mayor, persona con discapacidad, nacido en el municipio o migrante, con o sin formación académica, con o sin creencias religiosas y otros permitidos por las Constitución y la Ley, tendrá las mismas oportunidades de ser elegido o elegida para ocupar cargos de representación política en el Gobierno Autónomo Municipal de Azurduy. El Gobierno Autónomo Municipal y el sistema de elección de autoridades municipales, establecerán las previsiones necesarias para garantizar tal igualdad de oportunidades, asegurando la composición de espacios políticos que incluyen a los sectores mencionados conforme a la normativa nacional”.