DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015

Fecha: 11-Ago-2015

Fiscalización Tributaria.-

5.   Fiscalización Tributaria.- Se realizará mediante el control al cumplimiento de las obligaciones tributarias municipales por parte de la ciudadanía, comunidad o instituciones del municipio. La fiscalización tributaria es responsabilidad exclusiva del Órgano Ejecutivo del Gobierno Autónomo Municipal.

II.  El sistema integral de fiscalización municipal estará establecido por la Ley Municipal de Fiscalización, en función a las bases constitucionales, la Carta Orgánica y la Ley del Estado Central; del cual sus  procedimientos, administración y aplicación estarán desarrolladas en el Reglamento General del Concejo Municipal y los reglamentos correspondientes del Órgano Ejecutivo.