DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

DECLARACIÓN CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0175/2015

Fecha: 11-Ago-2015

Con referencia al art. 37.I.9

Con referencia al art. 37.I.9 del proyecto de la carta orgánica, falló estableciendo que: “El art. 302.I numeral 6 de la CPE, establece como competencia exclusiva de los gobiernos autónomos municipales, la elaboración de planes de ordenamiento territorial y uso de suelo, bajo esa previsión constitucional, ésta materia debe ser ejecutada en coordinación con los PIOC; en el presente caso, la disposición cuestionada, ha omitido la coordinación que debe existir con los PIOC, consecuentemente, corresponde declarar la incompatibilidad con la Constitución Política del Estado del artículo 37.I numeral 9 del (…) proyecto de Carta Orgánica.